lunes, 22 de junio de 2020

El rol del trabajador ante la comisión de seguridad, higiene y salud en el trabajo

Máscara Protectora, Protección, Deber, Protector Bucal

La seguridad, además de la salud y el derecho a un  medio ambiente sano en los centros de trabajo es uno de los derechos humanos laborales fundamentales  en la actualidad, y es tan importante, que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la prevé en su Artículo 123, Apartado A, Fracciones XIV y XV, podemos mencionar que las Leyes mexicanas lo definen como " Todos aquellos aspectos relacionados con la prevención de Accidentes y Enfermedades de Trabajo”, y que están referidos en otros ordenamientos a materias tales como: seguridad e higiene; seguridad e higiene industrial; seguridad y salud; seguridad, salud y medio ambiente de trabajo; seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo. “Todos aquellos aspectos relacionados con la prevención de Accidentes y Enfermedades de Trabajo (Artículo 3, Fracción XXVIII, Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, RFSST)".

Podemos inferir entonces, que la Seguridad y Salud en el Trabajo, deberán ser el conjunto de medidas técnicas, educacionales, médicas y psicológicas que nos sirven para prevenir accidentes o enfermedades de trabajo, eliminar condiciones inseguras e instruir o convencer a las personas acerca de la necesidad de implantación de prácticas preventivas.

La Seguridad, Higiene y Salud en el Trabajo constituye un aspecto fundamental en las relaciones laborales en nuestro país y nuestro estado, en donde los centros de trabajo tienen la obligación de proporcionarla y los trabajadores de observar las disposiciones de la materia, así como las que indiquen los patrones para su seguridad y protección personal de acuerdo con las actividades que realizan.
Por lo que la normatividad federal y estatal invita a todos los colaboradores a cumplir con las normas de seguridad e higiene laborales y a colaborar con la Comisión Auxiliar Mixta respectiva.
La instalación y funcionamiento de las Comisiones Auxiliares  Mixtas de Seguridad e Higiene en los centros de trabajo (CAMSHT) es un deber de las autoridades de la institución, sin embargo, se componen del mismo número de representantes de la autoridad y de la plantilla de los trabajadores, quienes entre sus funciones tienen las de investigar el origen de los accidentes y las enfermedades profesionales, proponer los mecanismos para prevenirlos, así como vigilar que estos  se cumplan (arts. 509, LFT; 7o., fracs. IV y XIII y 45, fracs. I, II, y III, Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo –RFSST– y 5.1, NOM-019-STPS-2011, Constitución, integración, organización y funcionamiento de las Comisiones de Seguridad e Higiene – NOM–).
Por lo que hace a los colaboradores es importante señalar que deben observar las disposiciones relativas a la seguridad e higiene en el lugar de trabajo (arts. 134, fracc. II, LFT y 8o. fracc. II, RFSST).

Por ende, la omisión de los deberes aludidos por parte de algún subordinado puede traer como consecuencia que el patrón sin ninguna responsabilidad rescinda el lazo jurídico que los une por la falta de probidad mostrada en el desarrollo de sus actividades y por la violación a las disposiciones respecto de seguridad e higiene en el trabajo previstas en la normatividad correspondiente (art. 47, fracc. II y 134, fracs.  II y IX, LFT).





Deberes del personal en relación con la CAMSHT











El ser humano y los actos inseguros.

Es la causa humana que actualiza la situación de riesgo para que se produzca el accidente. Esta acción lleva aparejado el incumplimiento de un método o norma de seguridad, explícita o implícita, que provoca dicho accidente.
Es importante que, como trabajadores estemos al pendiente de los factores, circunstancias, estructuras y en general de cualquier situación que pudiese generar un daño a nuestra salud.
Diversos estudios confirman que el ser humano es un “animal de costumbres”, es decir que, en el desarrollo de nuestras actividades, procuramos hacerlas de la misma forma todo el tiempo, debido a eso es posible que no nos percatemos de algún peligro para nuestra salud, como por ejemplo alguna caja colocada en el pasillo o un cable expuesto con energía en la pared, debemos entonces de observar nuestro entorno todo el tiempo para percatarnos de sus cambios.

Ley Federal del Trabajo.  Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo.