martes, 7 de julio de 2020

La Seguridad y Salud en el Trabajo: Un derecho humano fundamental

Dr. Jose Luis Barrera


CALIDAD DE VIDA LABORAL EN EDUCADORES NIVEL PRIMARIA



“Todo individuo tiene derecho a la vida, al trabajo… a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo… Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar.”  (Declaración Universal de Derechos Humanos, Naciones Unidas, 1948)

Una buena calidad de vida no consiste únicamente en limitarse a estar vivo. Sólo puede lograrse con una buena salud física y mental y un bienestar social adecuado. La generalidad de las personas pasa una gran parte de su valiosa vida en el trabajo. Así pues, ¿en qué medida es importante trabajar en un entorno seguro y saludable?

Nos manifestamos para que el aire sea puro, para que los océanos no estén contaminados, para que la tierra sea más verde y las calles más seguras... pero ¿qué tan puro, sin contaminación, verde y seguro es nuestro lugar de trabajo?

Algunas veces parece como si la “vida” fuese ese tiempo que transcurre fuera de las horas de trabajo, como si en cierto modo fuese aceptable sacrificar nuestro bienestar por el mero hecho de encontrarnos ejerciendo nuestra actividad profesional. Es parte de nuestro trabajo, nos pagan por ello… El que nos paguen por nuestro trabajo no significa que debamos correr peligros que pueden evitarse. Contamos con la tecnología y los conocimientos de gestión necesarios para hacer de nuestras áreas de trabajo lugares seguros y saludables, utilicémoslos.

Todos necesitamos un motivo para levantarnos cada mañana. Necesitamos sentirnos útiles por nosotros mismos, por nuestras familias y por la sociedad. Sentir que nuestra labor aporta resultados puede ayudarnos a sentirnos realizados. Pero el lugar de trabajo debería proteger nuestra integridad. Si trabajamos en un entorno que encierra riesgos, cada día acudimos a trabajar con muchas posibilidades de regresar a casa herido, enfermo o de no volver en absoluto. Esta situación desvirtúa el fin del trabajo, que debería hacernos sentir útiles y necesarios; se convierte en un riesgo asumido, como si fuese el precio que debemos pagar por tener un trabajo.

Propuesta teórica del Modelo explicativo de Calidad de Vida ...

En ese sentido, cuando se trata de la salud del trabajador, el trabajo puede ser una experiencia positiva o muy negativa. Cuando trabajamos somos económicamente independientes, podemos recompensarnos a nosotros mismos satisfaciendo nuestras necesidades básicas y concediéndonos alguno que otro capricho. En contrapartida, todo este proceso de dar y recibir actúa recíprocamente con nuestras aspiraciones sociales y tiene repercusiones en nuestra salud mental y física, en nuestro bienestar. Por lo tanto, ese lugar de trabajo que nos mantiene alejados de nuestros hogares durante la mayor parte del día debería respetar nuestro bienestar. Haber sido una persona productiva y activa durante decenios de nuestras vidas debería permitirnos conservar nuestra salud largo tiempo después de jubilarnos. He aquí la importancia del autocuidado de la salud durante todo nuestro tiempo de vida.

¿Cómo podemos prevenir un accidente en el lugar de trabajo o evitar una muerte en el ejercicio de una profesión? Pero no sólo hoy, sino cada día.

Todos y cada uno de nosotros somos responsables de estas vidas y de estas muertes:
  • Como empleadores y directivos, somos responsables de garantizar que los lugares de trabajo que dependen de nosotros sean seguros y no entrañen riesgo alguno para la salud, somos responsables de informarnos sobre las medidas de seguridad y salud en el trabajo y de prever la protección necesaria para nuestros trabajadores.
  • Como gobiernos, somos responsables de proporcionar la infraestructura - la legislación y los servicios – necesaria para garantizar que los trabajadores sigan siendo aptos para el empleo y que las empresas prosperen. Esto incluye la preparación, en consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores, de una política y un programa nacionales y de un sistema de inspección para hacer cumplir la legislación y las políticas relativas a la seguridad y salud en el trabajo.
  • Como miembros de la comunidad académica conocedores de este campo, somos responsables de que estos conocimientos se difundan, no sólo una vez, ni sólo dos veces, sino como mínimo cada 15 segundos.
  • Como especialistas en seguridad y salud en el trabajo, somos responsables de proporcionar asesoramiento, de evaluar los riesgos en el entorno laboral y de hacer el consiguiente seguimiento.
  • Como trabajadores, somos responsables de trabajar en seguridad y de protegernos y no poner a los demás en peligro, de conocer nuestros derechos, y de participar en la aplicación de medidas preventivas, no sólo por nosotros, sino por nuestras familias que nos esperan en casa.
  • Independientemente de donde ejerzamos nuestra actividad profesional, puede que nuestro lugar de trabajo entrañe riesgos. No podemos cambiar el pasado, pero podemos evitar que se repita. Todos tenemos la oportunidad de unirnos a las acciones que se están llevando a cabo en materia de prevención.

TRABAJA EN EQUIPO CON LA COMISIÓN MIXTA DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO DE TU UNIDAD LABORAL.

Te invitamos a consultar: SALUD Y VIDA EN EL TRABAJO: UN DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL.


*LDB

lunes, 22 de junio de 2020

El rol del trabajador ante la comisión de seguridad, higiene y salud en el trabajo

Máscara Protectora, Protección, Deber, Protector Bucal

La seguridad, además de la salud y el derecho a un  medio ambiente sano en los centros de trabajo es uno de los derechos humanos laborales fundamentales  en la actualidad, y es tan importante, que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la prevé en su Artículo 123, Apartado A, Fracciones XIV y XV, podemos mencionar que las Leyes mexicanas lo definen como " Todos aquellos aspectos relacionados con la prevención de Accidentes y Enfermedades de Trabajo”, y que están referidos en otros ordenamientos a materias tales como: seguridad e higiene; seguridad e higiene industrial; seguridad y salud; seguridad, salud y medio ambiente de trabajo; seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo. “Todos aquellos aspectos relacionados con la prevención de Accidentes y Enfermedades de Trabajo (Artículo 3, Fracción XXVIII, Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, RFSST)".

Podemos inferir entonces, que la Seguridad y Salud en el Trabajo, deberán ser el conjunto de medidas técnicas, educacionales, médicas y psicológicas que nos sirven para prevenir accidentes o enfermedades de trabajo, eliminar condiciones inseguras e instruir o convencer a las personas acerca de la necesidad de implantación de prácticas preventivas.

La Seguridad, Higiene y Salud en el Trabajo constituye un aspecto fundamental en las relaciones laborales en nuestro país y nuestro estado, en donde los centros de trabajo tienen la obligación de proporcionarla y los trabajadores de observar las disposiciones de la materia, así como las que indiquen los patrones para su seguridad y protección personal de acuerdo con las actividades que realizan.
Por lo que la normatividad federal y estatal invita a todos los colaboradores a cumplir con las normas de seguridad e higiene laborales y a colaborar con la Comisión Auxiliar Mixta respectiva.
La instalación y funcionamiento de las Comisiones Auxiliares  Mixtas de Seguridad e Higiene en los centros de trabajo (CAMSHT) es un deber de las autoridades de la institución, sin embargo, se componen del mismo número de representantes de la autoridad y de la plantilla de los trabajadores, quienes entre sus funciones tienen las de investigar el origen de los accidentes y las enfermedades profesionales, proponer los mecanismos para prevenirlos, así como vigilar que estos  se cumplan (arts. 509, LFT; 7o., fracs. IV y XIII y 45, fracs. I, II, y III, Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo –RFSST– y 5.1, NOM-019-STPS-2011, Constitución, integración, organización y funcionamiento de las Comisiones de Seguridad e Higiene – NOM–).
Por lo que hace a los colaboradores es importante señalar que deben observar las disposiciones relativas a la seguridad e higiene en el lugar de trabajo (arts. 134, fracc. II, LFT y 8o. fracc. II, RFSST).

Por ende, la omisión de los deberes aludidos por parte de algún subordinado puede traer como consecuencia que el patrón sin ninguna responsabilidad rescinda el lazo jurídico que los une por la falta de probidad mostrada en el desarrollo de sus actividades y por la violación a las disposiciones respecto de seguridad e higiene en el trabajo previstas en la normatividad correspondiente (art. 47, fracc. II y 134, fracs.  II y IX, LFT).





Deberes del personal en relación con la CAMSHT











El ser humano y los actos inseguros.

Es la causa humana que actualiza la situación de riesgo para que se produzca el accidente. Esta acción lleva aparejado el incumplimiento de un método o norma de seguridad, explícita o implícita, que provoca dicho accidente.
Es importante que, como trabajadores estemos al pendiente de los factores, circunstancias, estructuras y en general de cualquier situación que pudiese generar un daño a nuestra salud.
Diversos estudios confirman que el ser humano es un “animal de costumbres”, es decir que, en el desarrollo de nuestras actividades, procuramos hacerlas de la misma forma todo el tiempo, debido a eso es posible que no nos percatemos de algún peligro para nuestra salud, como por ejemplo alguna caja colocada en el pasillo o un cable expuesto con energía en la pared, debemos entonces de observar nuestro entorno todo el tiempo para percatarnos de sus cambios.

Ley Federal del Trabajo.  Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo.