
La
seguridad, además de la salud y el derecho a un medio ambiente sano en
los centros de trabajo es uno de los derechos humanos laborales
fundamentales en la actualidad, y es tan
importante, que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la
prevé en su Artículo 123, Apartado A, Fracciones XIV y XV, podemos
mencionar que las Leyes mexicanas lo definen como " Todos aquellos aspectos relacionados con la prevención de
Accidentes y Enfermedades de Trabajo”, y que están referidos en otros
ordenamientos a materias tales como: seguridad e higiene; seguridad e higiene
industrial; seguridad y salud; seguridad, salud y medio ambiente de trabajo;
seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo. “Todos aquellos aspectos
relacionados con la prevención de Accidentes y Enfermedades de Trabajo
(Artículo 3, Fracción XXVIII, Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el
Trabajo, RFSST)".
Podemos
inferir entonces, que la Seguridad y Salud en el Trabajo, deberán ser el
conjunto de medidas técnicas, educacionales, médicas y psicológicas que nos
sirven para prevenir accidentes o enfermedades de trabajo, eliminar condiciones
inseguras e instruir o convencer a las personas acerca de la necesidad de
implantación de prácticas preventivas.
La
Seguridad, Higiene y Salud en el Trabajo constituye un aspecto fundamental en
las relaciones laborales en nuestro país y nuestro estado, en donde los centros
de trabajo tienen la obligación de proporcionarla y los trabajadores de
observar las disposiciones de la materia, así como las que indiquen los
patrones para su seguridad y protección personal de acuerdo con las actividades
que realizan.
Por
lo que la normatividad federal y estatal invita a todos los colaboradores a
cumplir con las normas de seguridad e higiene laborales y a colaborar con la
Comisión Auxiliar Mixta respectiva.
La instalación y funcionamiento de
las Comisiones Auxiliares Mixtas de
Seguridad e Higiene en los centros de trabajo (CAMSHT) es un deber de las
autoridades de la institución, sin embargo, se componen del mismo número de
representantes de la autoridad y de la plantilla de los trabajadores, quienes
entre sus funciones tienen las de investigar el origen de los accidentes y las
enfermedades profesionales, proponer los mecanismos para prevenirlos, así como
vigilar que estos se cumplan (arts. 509,
LFT; 7o., fracs. IV y XIII y 45, fracs. I, II, y III, Reglamento Federal de
Seguridad y Salud en el Trabajo –RFSST– y 5.1, NOM-019-STPS-2011, Constitución,
integración, organización y funcionamiento de las Comisiones de Seguridad e
Higiene – NOM–).
Por lo que hace a los
colaboradores es importante señalar que deben observar las disposiciones
relativas a la seguridad e higiene en el lugar de trabajo (arts. 134, fracc.
II, LFT y 8o. fracc. II, RFSST).
Por ende, la omisión de los
deberes aludidos por parte de algún subordinado puede traer como consecuencia
que el patrón sin ninguna responsabilidad rescinda el lazo jurídico que los une
por la falta de probidad mostrada en el desarrollo de sus actividades y por la
violación a las disposiciones respecto de seguridad e higiene en el trabajo
previstas en la normatividad correspondiente (art. 47, fracc. II y 134,
fracs. II y IX, LFT).

El ser humano y los actos
inseguros.
Es la causa humana que actualiza
la situación de riesgo para que se produzca el accidente. Esta acción lleva
aparejado el incumplimiento de un método o norma de seguridad, explícita o
implícita, que provoca dicho accidente.
Es
importante que, como trabajadores estemos al pendiente de los factores,
circunstancias, estructuras y en general de cualquier situación que pudiese
generar un daño a nuestra salud.
Diversos
estudios confirman que el ser humano es un “animal de costumbres”, es decir
que, en el desarrollo de nuestras actividades, procuramos hacerlas de la misma
forma todo el tiempo, debido a eso es posible que no nos percatemos de algún
peligro para nuestra salud, como por ejemplo alguna caja colocada en el pasillo
o un cable expuesto con energía en la pared, debemos entonces de observar
nuestro entorno todo el tiempo para percatarnos de sus cambios.
Ley Federal del Trabajo. Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el
Trabajo.